PTEE  & SAGRILAFT

Programa de transparencia y ética empresarial & Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

CERO TOLERANCIA A LA CORRUPCIÓN Y SOBORNO

Punto Azul Brake Pak S.A.S., declara públicamente su postura de cero tolerancias a la corrupción y soborno, acogiéndose a los “Principios Empresariales para Contrarrestar el Soborno” de Transparencia Internacional; y ha incorporado lineamientos específicos en la materia dentro de su Código de Ética, su Programa de Ética y Cumplimiento, su Política anticorrupción y soborno, y su Política de Compras. Es así, como reiteramos y extendemos a todos los terceros vinculados a nuestra compañía las siguientes premisas:

  1. Somos conscientes de los efectos negativos que tiene la corrupción y el soborno en el desarrollo económico y social de los países, y en particular en el desarrollo de los negocios.
  2. Tenemos pleno conocimiento de que la República de Colombia en signataria de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Ley 970 de 2005), la Convención Interamericana de lucha contra la Corrupción (Ley 412 de 1997), la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales (Ley 1573 de 2012), la Norma ISO 37001:2016 de Anticorrupción y Ética Empresarial, entre otros instrumentos y estándares internacionales.
  3. Reconocemos que la Corrupción Privada es un delito tipificado en el ordenamiento legal colombiano (Artículo 16 de la Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción), así:

El que directamente o por interpuesta persona prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o asesores de una sociedad, asociación o fundación una dádiva o cualquier beneficio no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de diez (10) hasta de mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Con las mismas penas será castigado el directivo, administrador, empleado o asesor de una sociedad, asociación o fundación que, por sí o por persona interpuesta, reciba, solicite o acepte una dádiva o cualquier beneficio no justificado, en perjuicio de aquella. Cuando la conducta realizada produzca un perjuicio económico en detrimento de la sociedad, asociación o fundación, la pena será de seis (6) a diez (10) años.”

  1. Acatamos los lineamientos y principios normativos en materia de cero tolerancias a la corrupción y soborno en las negociaciones y/o vínculos comerciales que surjan entre las partes interesadas.
  2. En Punto Azul Brake Pak S.A.S., creemos firmemente que la lucha contra la corrupción es responsabilidad de todos y cada uno de nuestros colaboradores. Desde el nivel directivo hasta el personal operativo, cada individuo juega un papel crucial en el cumplimiento de nuestra política anticorrupción y soborno.
  3. Nuestro compromiso con la ética y la transparencia se extiende más allá de nuestras operaciones internas, por lo que exigimos a todos nuestros proveedores y socios comerciales que se adhieran a los mismos principios de integridad y transparencia que nosotros, por lo que, para garantizar el cumplimiento de estos estándares, hemos
  4. implementado rigurosos procesos de selección y evaluación de proveedores, incluyendo la realización de debidas diligencias y la exigencia de certificaciones que demuestren su compromiso con la lucha contra la corrupción y soborno.
  5. En virtud de los puntos anteriores, acogemos las buenas prácticas en materia de transparencia empresarial y declaramos nuestro cumplimiento.Este artículo ofrece envío gratuito en productos de mascarillas faciales calificados, o compre en línea y recoja en la tienda hoy en Medical Department

 

PREVENCIÓN LA/FT/FPPADM (Sagrilaft)

Es política de Punto Azul Brake Pak SAS, el análisis y control permanente del riesgo de lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento para la proliferación de armas de destrucción masiva, a través de la generación de herramientas, la disposición de recursos, la socialización y la concientización de las directrices que faciliten la toma de decisiones por parte de sus empleados, socios, accionistas, clientes, proveedores y demás contrapartes relacionadas con la empresa, en concordancia con la ley, la regulación y las buenas prácticas.

  • Punto Azul Brake Pak SAS antepondrá la observancia de los principios éticos y la prevención del riesgo LA/FT/FPADM al logro de las metas comerciales.
  • No son mercado objetivo para Punto Azul Brake Pak SAS, las personas naturales o jurídicas que tengan o hayan tenido algún vínculo con operaciones o actividades ilícitas de acuerdo con el reporte publicado por la entidad autorizada.
  • La empresa dispondrá de procedimientos de debida diligencia para el adecuado conocimiento de las personas naturales o jurídicas que aspiren a ser socios, proveedores, empleados, clientes o aliados estratégicos, teniendo en cuenta siempre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el SIG-MA-03 Manual de SAGRILAFT.
  • La empresa asignará los recursos necesarios para la prevención y el control del riesgo y designará un Oficial de Cumplimiento para la implementación, actualización y vigilancia del SAGRILAFT.

 

COMPROMISO PARA LA PREVENCIÓN DEL RIESGO

Punto Azul Brake Pak SAS entiende que la mejor forma de cumplir es con el establecimiento del SIG-MA-03 Manual SAGRILAFT, suficientes y oportunos; es por eso por lo que los accionistas, inversionistas, clientes, proveedores, empleados y demás contrapartes relacionadas con la empresa, deben demostrar su compromiso para asegurar el cumplimiento de la ley y de las normas internas, relacionadas con la prevención del riesgo de LA/FT/FPADM.

Para comunicarse con Punto Azul Brake Pak SAS y realizar consulta o denuncia, puede utilizar el siguiente canal:  Etica@brakepak.com